Relación de convenios en vigor firmados por AEMET con organismos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Universidades y Entes locales.
El Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología establece en el Artículo 4. sobre Colaboración con las comunidades autónomas y entes locales, que:
1. La Agencia podrá colaborar con las comunidades autónomas, entre otros, a través de los siguientes mecanismos:
b) Mediante la constitución, en su caso, de un órgano de colaboración y encuentro con los servicios meteorológicos establecidos por las comunidades autónomas, con el objeto de participar en iniciativas comunes o planes de actuación conjuntos en materia de meteorología y climatología.
2. La Agencia podrá, igualmente, celebrar convenios de colaboración con la Federación Estatal de Municipios y Provincias, así como suscribir convenios de colaboración con distintos Entes Locales.