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Convenios de colaboración

Relación de convenios en vigor firmados por AEMET con organismos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Universidades y Entes locales.

El Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología establece en el  Artículo 4. sobre Colaboración con las comunidades autónomas y entes locales, que:

1. La Agencia podrá colaborar con las comunidades autónomas, entre otros, a través de los siguientes mecanismos:

a) Convenios de colaboración en materias específicas en el ámbito de sus respectivas competencias.


b) Mediante la constitución, en su caso, de un órgano de colaboración y encuentro con los servicios meteorológicos establecidos por las comunidades autónomas, con el objeto de participar en iniciativas comunes o planes de actuación conjuntos en materia de meteorología y climatología.

Convenios de colaboración
Convenios de colaboración

2. La Agencia podrá, igualmente, celebrar convenios de colaboración con la Federación Estatal de Municipios y Provincias, así como suscribir convenios de colaboración con distintos Entes Locales.

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