Mon site Web
Application officielle 'El Tiempo de AEMET' (Android et iOS)
Contacter
Plan du site
Suivez-nous sur Facebook
Suivez-nous sur Twitter
AEMET blog.es
Suivez-nous sur YouTube
RSS
AccueilInformationDetalle

Nueva estructura del Ministerio de Medio Ambiente

20/04/2004  El Boletín Oficial del Estado publica hoy la nueva estructura del Ministerio de Medio Ambiente, que queda conformado por una Subsecretaría de Medio Ambiente y dos Secretaría Generales, una para el Territorio y la Biodiversidad y otra para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, de la que depende la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología.

Cristina Narbona con el nuevo equipo directivo del Ministerio Medio Ambiente
Cristina Narbona con el nuevo equipo directivo del Ministerio Medio Ambiente

El Ministerio de Medio Ambiente se estructura en los siguientes órganos directivos:

  • La Subsecretaría de Medio Ambiente, de la que depende la Secretaría General Técnica.
  • La Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad, con rango de subsecretaría, que asumirá la dirección y coordinación de las competencias ejercidas por los siguientes órganos directivos, que dependen de esta Secretaría General:

            - La Dirección General del Agua, que asume las funciones de la anterior Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, y cuyo titular, en atención a las características específicas de esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, no será preciso que ostente la condición de funcionario.

            - La Dirección General de Costas.

            - La Dirección General para la Biodiversidad, que asume las funciones de la anterior Dirección General de Conservación de la Naturaleza. Se adscribirán a esta Secretaría General, a través de la Dirección General para la Biodiversidad, los organismos públicos actualmente adscritos a la Secretaría General de Medio Ambiente.

  • La Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, con rango de subsecretaría, que asumirá las funciones y competencias de la anterior Secretaría General de Medio Ambiente no incluidas en el párrafo b) anterior, y de la que dependen los siguientes órganos directivos:

            - La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

            - La Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología.

Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos: a) La Secretaría General de Medio Ambiente. b) La Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas. c) La Dirección General de Programación y Control Económico y Presupuestario, cuyas funciones son asumidas por la Subsecretaría de Medio Ambiente. d) La Dirección General de Conservación de la Naturaleza.


Email
Partager sur Twitter
© AEMET. Toute utilisation et reproduction de l'information est autorisé sous réserve de mentionner AEMETen tant qu'auteur de celle-ci
Application officielle 'El Tiempo de AEMET' (Android et iOS)
Suivez-nous sur Facebook
Suivez-nous sur Twitter
AEMET blog.es
Suivez-nous sur YouTube
RSS